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Hijos y custodia

Abogados de pensión de alimentos
en Sevilla

La pensión de alimentos no es dinero entre adultos: es el sustento de tus hijos. Te ayudamos a fijarla, adaptarla o reclamarla cuando no llega.

Qué es y cuándo aplica

Si necesitas un abogado de pensión de alimentos en Sevilla, es probable que estés en uno de estos escenarios: te estás separando y hay que fijar cuánto corresponde pagar por los hijos, tu situación económica ha cambiado y la cuantía ya no es realista, o llevas meses sin cobrarla y no sabes cómo seguir. Sabemos la mezcla de preocupación y agotamiento que producen estas situaciones. Desde Coria del Río llevamos estos procedimientos ante los juzgados de familia de Sevilla con una idea muy simple: las necesidades de los niños no pueden esperar.

La pensión de alimentos es la cantidad que un progenitor abona para cubrir las necesidades de los hijos: comida, ropa, vivienda, educación y asistencia médica. No es opcional ni negociable a la baja por conflictos entre adultos: es una obligación legal de ambos progenitores, cada uno según su capacidad. Su cuantía se fija atendiendo a los ingresos de quien paga y a las necesidades reales de los hijos, y a ella se suman los gastos extraordinarios (los imprevistos y necesarios, como una ortodoncia), que conviene dejar bien definidos para evitar conflictos futuros.

Una pensión no es para siempre ni inamovible. Debe actualizarse cada año conforme al índice pactado o fijado en sentencia (habitualmente el IPC), y puede modificarse cuando cambian de forma relevante y estable las circunstancias: pérdida de empleo, nuevos hijos, cambios de custodia o de necesidades de los menores. Lo que no se puede hacer es dejar de pagar por decisión propia: hasta que un juez modifique la medida, la pensión vigente sigue siendo exigible.

Y si el problema es el impago, existe un camino claro: la ejecución judicial. Permite reclamar los atrasos con sus intereses y llegar al embargo de sueldos, cuentas y bienes del deudor. El impago reiterado puede tener además consecuencias penales.

Nuestro método

Cómo lo trabajamos

01
Analizamos los números reales

Ingresos, gastos de los niños, custodia y vivienda. Con esa foto te decimos qué cuantía es razonable pedir o defender, sin inflarla ni rebajarla.

02
Te explicamos tus opciones con claridad

Fijación, modificación, actualización o ejecución por impago: te contamos qué camino corresponde a tu caso y qué documentación necesitamos.

03
Buscamos primero el acuerdo

Una pensión pactada y bien redactada, con los gastos extraordinarios definidos, evita años de conflictos. Negociamos por ti.

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Reclamamos judicialmente si es necesario

Presentamos la demanda o la ejecución ante los juzgados de familia de Sevilla y pedimos, cuando procede, el embargo de los importes debidos.

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Vigilamos el cumplimiento

No cerramos el caso con la sentencia: te ayudamos con las actualizaciones anuales y actuamos rápido ante nuevos impagos.

Preguntas frecuentes

Dudas sobre pensión de alimentos

¿Cuánto se paga de pensión de alimentos?
No hay una cifra fija: depende de los ingresos de ambos progenitores, del número de hijos, del régimen de custodia y de sus necesidades concretas. Existen tablas orientativas que los juzgados pueden consultar, pero cada caso se decide individualmente. En la primera consulta, con tus datos reales, te damos una horquilla orientativa honesta para tu situación.
¿Hasta cuándo se paga la pensión de los hijos?
No se extingue automáticamente a los 18 años. Se mantiene mientras los hijos no sean económicamente independientes, siempre que sigan formándose o buscando empleo con aprovechamiento. Sí puede extinguirse cuando el hijo trabaja de forma estable o cuando la falta de independencia le es imputable. La extinción debe pedirse al juzgado: no basta con dejar de pagar.
Me he quedado en paro, ¿puedo dejar de pagar?
No por tu cuenta: la pensión sigue vigente hasta que un juez la modifique, y los impagos se acumulan como deuda. Lo correcto es solicitar cuanto antes una modificación de medidas acreditando el cambio real de tu situación. Si tu caso es sólido, puede reducirse la cuantía. Actuar rápido y por la vía legal te protege; dejar de pagar te perjudica.
El otro progenitor no paga, ¿qué puedo hacer?
Puedes reclamar judicialmente los atrasos mediante una demanda de ejecución, que permite embargar nóminas, cuentas y devoluciones de Hacienda. Se pueden reclamar las pensiones impagadas con un límite temporal, por lo que conviene no dejarlo pasar. Si el impago es reiterado y voluntario, puede constituir además un delito. Reúne los justificantes y cuéntanos tu caso: se puede actuar.
Que tus hijos tengan cubierto lo que necesitan no puede depender de discusiones sin fin.