Qué es y cuándo aplica
Si buscas información sobre medidas paterno-filiales en Sevilla, probablemente habéis roto como pareja sin estar casados y ahora surgen las preguntas difíciles: con quién viven los niños, cuándo los ve cada uno, quién paga qué. Es un momento confuso, y a la confusión se suma un mito muy extendido: que sin matrimonio hay menos derechos. No es así. Tus hijos tienen exactamente los mismos derechos que los de una pareja casada, y desde nuestro despacho en Coria del Río nos encargamos de que queden igual de protegidos ante los juzgados de familia de Sevilla.
El procedimiento de medidas paterno-filiales es el equivalente al divorcio para quienes nunca se casaron, con una diferencia: aquí no hay vínculo matrimonial que disolver, solo la relación con los hijos que regular. En él se deciden las mismas cuestiones esenciales: la guarda y custodia (compartida o exclusiva), el régimen de visitas del progenitor no custodio, la pensión de alimentos y el reparto de los gastos extraordinarios, y el uso de la vivienda familiar cuando procede.
¿Cuándo aplica? Siempre que una pareja con hijos en común se separa sin haber estado casada, tanto si convivíais como pareja de hecho registrada como si no. También cuando nunca hubo convivencia: basta con que exista un hijo reconocido por ambos. Y no hace falta esperar a que haya conflicto: regular la situación cuanto antes, incluso llevándoos bien, evita muchos problemas futuros. Un acuerdo verbal funciona hasta que deja de funcionar; un convenio aprobado judicialmente se puede exigir.
Como en el divorcio, hay dos caminos: el mutuo acuerdo, en el que ambos firmáis un convenio que el juzgado aprueba —más rápido, más barato y menos doloroso—, y el contencioso, cuando no hay acuerdo posible y decide el juez. En ambos, el criterio que manda es el interés superior del menor.