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Patrimonio y vivienda

Liquidación de la sociedad de gananciales
en Sevilla

Lo que habéis construido juntos también merece un cierre justo. Te ayudamos a repartirlo con claridad, sin perder lo que es tuyo.

Qué es y cuándo aplica

Cuando un matrimonio en régimen de gananciales se rompe, queda una pregunta que quita el sueño: ¿qué pasa con todo lo que hemos construido? La casa, los ahorros, el coche, las deudas, incluso el negocio familiar. Es normal sentir miedo a perderlo. La liquidación de gananciales en Sevilla es el procedimiento que pone orden en esa incertidumbre: se identifica qué es común, qué es privativo de cada uno, y se reparte de forma equilibrada.

La liquidación no ocurre sola con el divorcio. La sentencia disuelve la sociedad de gananciales, pero el reparto es un paso posterior que hay que activar. Muchas personas lo dejan pendiente durante años, con cuentas compartidas y una vivienda a medias que sigue generando tensiones. Cuanto antes se ordene, antes puedes pasar página con tu patrimonio claro.

El procedimiento tiene dos grandes fases. Primero, la formación de inventario: una lista completa de bienes y deudas comunes, desde la vivienda y las cuentas bancarias hasta préstamos o participaciones en empresas familiares. Después, la liquidación propiamente dicha: valorar cada partida y adjudicar a cada cónyuge lo que le corresponde, con compensaciones en dinero si hace falta equilibrar los lotes.

Puede hacerse de mutuo acuerdo, ante notario o dentro del convenio regulador, que suele ser la vía más rápida y menos costosa. Si no hay acuerdo, se tramita judicialmente, con plazos que varían según el juzgado. En ambos escenarios, nuestro despacho defiende que el reparto refleje la realidad, no la versión de quien más presiona.

Nuestro método

Cómo lo trabajamos

01
Escuchamos tu situación

En la primera consulta revisamos tu caso: qué bienes hay, qué deudas, qué te preocupa perder. Sin compromiso y con total confidencialidad.

02
Reconstruimos el patrimonio común

Reunimos escrituras, extractos bancarios, préstamos y documentación de empresas. Detectamos bienes ocultos o movimientos extraños si los hay.

03
Preparamos el inventario

Elaboramos la propuesta de inventario con lo que es ganancial y lo que es privativo, con los reintegros y compensaciones que te corresponden.

04
Buscamos primero el acuerdo

Negociamos un reparto equilibrado que evite el desgaste de un pleito. La mayoría de liquidaciones pueden cerrarse así, con ahorro de tiempo y coste.

05
Te defendemos en el juzgado si es necesario

Si no hay acuerdo posible, tramitamos la liquidación judicial y sostenemos tu posición en cada fase, con peritos de valoración cuando hacen falta.

Preguntas frecuentes

Dudas sobre liquidación de la sociedad de gananciales

¿Puedo liquidar los gananciales años después del divorcio?
Sí. No existe un plazo que te obligue a hacerlo inmediatamente, y es frecuente encontrar liquidaciones pendientes mucho tiempo después de la sentencia. Ahora bien, dejarlo abierto suele complicar las cosas: los bienes cambian de valor, aparecen deudas nuevas y las posturas se enquistan. Nuestro consejo es ordenarlo cuanto antes, y te acompañamos en el proceso paso a paso.
¿Qué pasa con la hipoteca de la vivienda común?
La hipoteca es una deuda de la sociedad de gananciales y entra en el inventario. En el reparto puede adjudicarse la vivienda a uno de los cónyuges asumiendo el préstamo, venderse para cancelarlo o mantenerse en copropiedad de forma transitoria. Cada opción tiene consecuencias económicas y fiscales distintas, y las estudiamos contigo antes de decidir.
¿Y si mi ex esconde dinero o bienes?
Es una de las preocupaciones más habituales, y existen herramientas para afrontarla. En el procedimiento pueden reclamarse extractos bancarios, movimientos de cuentas y documentación de empresas para reconstruir el patrimonio real. Si hubo disposiciones de dinero común sin consentimiento, pueden reclamarse los reintegros correspondientes. Analizamos los indicios y actuamos con la prueba necesaria.
¿Cuánto se tarda en liquidar los gananciales?
Depende de la vía. De mutuo acuerdo puede resolverse en pocas semanas o meses, de forma orientativa, porque basta con documentar el reparto pactado. La vía judicial es más lenta y los tiempos varían según la carga del juzgado. Por eso siempre exploramos primero el acuerdo, sin renunciar a la defensa judicial si tus intereses lo exigen.
Repartir lo construido durante años impone respeto, y es lógico que tengas miedo a salir perdiendo.