Qué es y cuándo aplica
Un divorcio puede tardar meses en resolverse, pero la vida no se detiene mientras tanto. ¿Quién se queda en la vivienda? ¿Con quién viven los niños? ¿Quién paga los gastos? Cuando la convivencia se ha vuelto insostenible o hay riesgo para ti o para tus hijos, esperar no es una opción. Para eso existen las medidas provisionales.
Las medidas provisionales son decisiones que el juez adopta de forma rápida para ordenar la situación familiar mientras se tramita el divorcio: la custodia y el régimen de visitas de los hijos, el uso de la vivienda familiar, la pensión de alimentos y la contribución a las cargas del matrimonio. No son la sentencia definitiva, pero regulan tu día a día desde el primer momento y suelen marcar el punto de partida de todo lo demás.
Pueden pedirse de dos formas. Las medidas previas se solicitan antes incluso de presentar la demanda de divorcio, cuando la urgencia no admite espera; una vez concedidas, la demanda debe presentarse en un plazo de 30 días para que no pierdan efecto. Las medidas coetáneas se piden junto con la propia demanda o al contestarla. Te aconsejamos cuál conviene en tu caso.
Son especialmente importantes cuando hay tensión grave en el hogar, cuando un cónyuge deja de aportar a los gastos, cuando existe riesgo de que uno se marche con los niños o cuando necesitas certeza inmediata sobre la vivienda. Las tramitamos ante los juzgados de Familia de Sevilla desde nuestro despacho en Coria del Río, con la agilidad que estas situaciones exigen.